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Capítulo V. ¿Cómo se disuelve una entidad sin ánimo de lucro?
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D. Registro en cámaras de comercio
El original del acta de disolución y nombramiento del liquidador deben
incluirse en el respectivo libro de actas, que debe tener la entidad sin
ánimo de lucro a la que pertenezca.
En las cámaras de comercio debe registrarse la copia (autenticada o au-
torizada por el secretario de la reunión o segundo original del acta) de
las actas de disolución y nombramiento del liquidador, de las entidades
sin ánimo de lucro que se encuentren previamente inscritas.
Si la declaratoria de disolución proviene de una entidad administrativa
o judicial, debe inscribirse la decisión administrativa o la providencia
judicial, con constancia de su ejecutoria.
Para registrar el acta, deben darse los siguientes pasos:
Paso 1.
Elaborar el acta de manera clara y precisa, sin extenderse en los
comentarios y apreciaciones. Registrar el original en el libro de actas
y enviar para registro en la Cámara de Comercio, copia autenticada o
autorizada por el secretario de la reunión u otro original indicando la
CHRNKTBH®M X DK MNLAQ@LHDMSN CDK KHPTHC@CNQ CD K@ DMSHC@C 5DQHƥB@Q KNR
requisitos de las actas.
Paso 2.
En las cámaras de comercio, cuando se presenta el acta, pagar los
derechos de inscripción e impuesto de registro, que se liquidan en las
cajas de atención al público de cualquiera de las sedes en Bogotá. En las
entidades gubernamentales no se generan esos derechos de inscripción.
Paso3.
+@ BœL@Q@ CD BNLDQBHN UDQHƥB@Qœ DK BTLOKHLHDMSN CD KNR QDPTHRHSNR
legales del acta y procederá a efectuar la inscripción correspondiente,
@RHFM@MCN TM MµLDQN CD HMRBQHOBH®M X BDQSHƥB@MCN RNAQD K@ CHRNKTBH®M X
el nombramiento del liquidador de la entidad sin ánimo de lucro.
+@ UDQHƥB@BH®M PTD G@BD K@ BœL@Q@ CD BNLDQBHN BNMRHRSD DM QDUHR@Q PTD
se observen las disposiciones estatutarias, reglamentarias o legales, re-
lacionadas con la convocatoria (quién convoca, cómo convoca y cuándo
convoca), así como el quórum (deliberativo y decisorio). Para el caso de
las fundaciones en las que las decisiones emanan del fundador conforme