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Veedurías ciudadanas
Ley 850 de 2003
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9.1. Definición
Se entiende por Veeduría ciudadana el mecanismo democrá-
tico de representación que le permite a los ciudadanos o a
las diferentes organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia
sobre la gestión pública, respecto a las autoridades adminis-
trativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos
de control, así como de las entidades públicas o privadas,
organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o
internacional que operan en el país (Art. 1º L. 850 de 2003).
Se entiende por red de veedurías: Los diferentes tipos de
veedurías que se organicen a nivel nacional o de las entida-
des territoriales, para establecer mecanismos de comunica-
ción, información, coordinación, y colaboración, procurando
la formación de una red para fortalecer la sociedad civil y
asegurar el control y fiscalización (Art. 21 L. 850 de 2003).