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situaciones de control y grupos empresariales
Vademécum de registro mercantil
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Una sociedad está subordinada o controlada, en los términos del
Artículo 260 del Código de Comercio,
“…cuando su poder de decisión se
encuentra sometido a la voluntad de otra u otras personas que serán su
matriz o controlante, bien sea directamente, caso en el cual aquélla se
denominará filial, o con el concurso o por intermedio de las subordina-
das de la matriz, en cuyo caso se llamará subsidiaria”.
(Subrayado fuera
del texto).
La condición de ser controlante o matriz se predica tanto de personas
jurídicas societarias como de las no societarias tales como: entidades sin
ánimo de lucro, etc., de las personas naturales
101
y hasta de las entida-
des públicas y la nación
102
(Parágrafo del Art. 260 C. Co.), por su parte la
sociedad controlada o subordinada siempre deberá ser una persona de
naturaleza societaria.
103
La Superintendencia de Sociedades ha dicho que
“las sociedades
matrices o controlantes extranjeras, domiciliadas en el exterior, les son
aplicables también las obligaciones de la inscripción en el Registro
Mercantil, de las situaciones de control o grupo empresarial que se veri-
fiquen en Colombia. Esto de conformidad con lo dispuesto por el Artículo
30 de la Ley 222 de 1995. También estarán sometidas a las sanciones
señaladas en la misma Ley en caso de su incumplimiento”,
104
teniendo
en cuenta que esto se aplica siempre y cuando se configuren los presupuestos
101. COLOMBIA. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Oficio 220-052744 de 1
de mayo de 2011.
102. GAITÁN ROZO, Andrés. Grupos Empresariales y Control de Sociedades en Co-
lombia. Bogotá D.C.: ed. Superintendencia de Sociedades. 2011. Pág. 83 y 84.
103. COLOMBIA. SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Resolución
17888 de 31 de marzo de 2011.
104. COLOMBIA. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Oficio 220-071961 del
11 de mayo de 2009.
necesarios de subordinación o grupo empresarial, y de verificarse lo anterior
la misma se inscribirá en la Cámara de Comercio del domicilio principal de
la sociedad subordinada.
De igual forma el doctor Andrés Batán Rozo
105
, dice que en el caso
que la sociedad extranjera matriz tenga una sucursal en Colombia, en el
registro de esta última deberá constar la inscripción de situación de control
o grupo empresarial.
Los grupos empresariales se constituyen, de acuerdo con lo previsto
por el Artículo 28 de la Ley 222 de 1995, cuando
“…además del vínculo
de subordinación, exista entre las entidades unidad de propósito y dirección”.
“Se entenderá que existe unidad de propósito y dirección cuando la existencia
y actividades de todas las entidades persigan la consecución de un objetivo
determinado por la matriz o controlante en virtud de la dirección que ejerce
sobre el conjunto, sin perjuicio del desarrollo individual del objeto social o
actividad de cada una de ellas”
.
El doctor Andrés Gaitán, indica que la Superintendencia de Sociedades
da el concepto de unidad de propósito y dirección en el sentido de que
el mismo se exterioriza en aquellos grupos que
además de tener admi-
nistradores comunes, se verifican procesos de integración vertical o de
integración horizontal (…), o cuando se determinan políticas comunes
(administrativas, financieras, laborales, etc.) (…) que evidencien que fi-
nalmente existen importantes objetivos comunes.
106
Así mismo, conforme
al autor en cita, “
la sociedad subordinada debe encaminar sus operaciones
105. GAITÁN ROZO, Andrés. Grupos Empresariales y Control de Sociedades en Co-
lombia. Bogotá D.C.: ed. Superintendencia de Sociedades. 2011. Pág. 88.
106. GAITÁN ROZO, Andrés. Grupos Empresariales y Control de Sociedades en Co-
lombia. Bogotá D.C.: ed. Superintendencia de Sociedades. 2011. Pág. 69.