Revisión 4 adaptada para Colombia
CIIU Rev. 4 A.C.
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de corcho, cestería y espartería»; 2219, «Fabricación de formas básicas de caucho y otros productos de
caucho n.c.p.», o la 2229, «Fabricación de artículos de plástico n.c.p.», según el caso.
• La fabricación de linóleo u otros productos de superficie dura para el cubrimiento de pisos. Se incluye
en la clase 2229, «Fabricación de artículos de plástico n.c.p.».
1394 Fabricación de cuerdas, cordeles, cables, bramantes y redes
Esta clase incluye:
• La fabricación de cuerdas, cordeles, cables, sogas, bramantes y artículos de hilados de fibras textiles,
cintas o similares, estén impregnados o no, revestidos, cubiertos o forrados con caucho o plástico.
• La fabricación de redes o mallas anudadas de cuerdas, cordeles y bramantes.
• La fabricación de productos de cuerda o red tales como las redes de pesca, defensas para embarca-
ciones, cojines para descarga, eslingas, cuerdas y maromas con aros metálicos, las redes para deporte,
cordones, mechas para traperos y artículos similares.
• La confección de hamacas.
Esta clase excluye:
• La fabricación de cordones para el calzado con los extremos rematados. Se incluye en la clase 1399,
«Fabricación de otros artículos textiles n.c.p.».
• La fabricación de productos y artículos textiles para usos técnicos como mecha de materiales textiles. Se
incluye en la clase 1399, «Fabricación de otros artículos textiles n.c.p.».
• La fabricación de redecillas para el cabello. Se incluye en la clase 1410, «Confección de prendas de
vestir, excepto prendas de piel».
• La fabricación de cables metálicos. Se incluye en la clase 2599, «Fabricación de otros productos elabo-
rados de metal n.c.p.».
1399 Fabricación de otros artículos textiles n.c.p.
Esta clase incluye:
• Todas las actividades relacionadas con textiles o productos textiles, no especificadas en las divisiones
13, «Fabricación de productos textiles»; 14, «Confección de prendas de vestir», y 15, «Curtido y recur-
tido de cueros; fabricación de calzado; fabricación de artículos de viaje, maletas, bolsos de mano y ar-
tículos similares, y fabricación de artículos de talabartería y guarnicionería; adobo y teñido de pieles».
• Comprende la fabricación de artículos tales como: tejidos estrechos, incluso los de urdimbre sin trama,
de hilos o de fibras paralelas sujetos por una sustancia adhesiva, los procesos de acabado integrados
con la fabricación de tejidos estrechos y tejidos especiales. Marbetes, insignias, escudos, etiquetas y
artículos similares no bordados de materias textiles.