Revisión 4 adaptada para Colombia
CIIU Rev. 4 A.C.
19
resultante de un proceso sirve como insumo del siguiente, como en los casos de la combinación de la
tala de árboles con el aserrado de madera, la cantera de arcilla con la fábrica de ladrillos o la produc-
ción de fibras sintéticas con la fabricación de productos textiles.
En la CIIU Rev. 4, la integración vertical debe ser tratada como cualquier otra forma de actividad
múltiple, de modo que una unidad en una cadena verticalmente integrada de actividades debería
ser clasificada en la clase correspondiente a la actividad principal dentro de esta cadena, es decir,
teniendo en cuenta la mayor proporción del valor agregado en la actividad de acuerdo con el mé-
todo descendente. Este tratamiento ha cambiado con respecto a las versiones anteriores de la CIIU.
Se debe señalar que en este contexto el término «actividad» se utiliza para cada fase del proceso de
producción definida en una clase separada de la CIIU, aunque el producto de cada una de estas fases
no se destine para la venta.
Si no se puede determinar directamente a partir de las cuentas de la propia unidad el valor agregado o
los indicadores alternativos correspondientes a cada una de las fases dentro de los procesos de integra-
ción vertical, se pueden hacer comparaciones con otras unidades (por ejemplo, basados en los precios
de mercado para productos intermedios y finales). Si aún no es posible determinar la proporción del
valor agregado (o de indicadores alternativos) para las distintas etapas de la cadena de actividades de
producción, se pueden aplicar las asignaciones por defecto para las formas típicas de integración verti-
cal. Tal es el caso de la venta de productos de fabricación propia, el cual no se considera como activi-
dad separada, por lo que se clasifica en las industrias manufactureras y no en el comercio. En cambio,
si además de los productos de fabricación propia se venden también otros productos, deben aplicarse
las reglas para el tratamiento de actividades múltiples independientes.
c. Tratamiento de la integración horizontal.
La integración horizontal se presenta cuando la misma ac-
tividad da lugar a productos finales con características diferentes. Podría entenderse entonces que se
trata de actividades que se llevan a cabo simultáneamente utilizando los mismos factores de produc-
ción, en cuyo caso a menudo es imposible separar estadísticamente estas actividades en diferentes
procesos, asignarlas a diferentes unidades o, en general, proporcionar datos separados de ellas, y no
se les podrían aplicar los criterios basados en la imputación del valor agregado ni métodos similares.
En algunos casos se pueden aplicar indicadores alternativos, como el producto interno bruto, pero no
existe una regla general para la identificación de la actividad más representativa de esa combinación
de integración horizontal. Puesto que al preparar la clasificación se han tenido en cuenta las pautas de
integración horizontal, las actividades integradas se incluyen en muchos casos en la misma clase de la
CIIU a pesar de que sus productos tienen diferentes características.
Por ejemplo, la producción de glicerina en bruto se clasifica en la clase 2023 (Fabricación de jabones
y detergentes, preparados para limpiar y pulir; perfumes y preparados de tocador), mientras que la pro-
ducción de glicerina sintética está clasificada en la clase 2011 (Fabricación de sustancias y productos
químicos básicos). La glicerina en bruto es un subproducto de la fabricación de jabón, por lo que su
proceso de producción no puede estar separado del proceso de producción del jabón; ambas activida-
des productivas han de ser clasificadas en la misma clase de la CIIU, aunque los productos resultantes
sean muy diferentes. En cambio, la producción de glicerina sintética es un proceso químico claramente
diferenciado de la fabricación de glicerina en bruto, y estas dos actividades se clasifican por separado a
pesar de que el producto físico resultante es muy similar. Otro ejemplo es la producción de electricidad
a través de un proceso de incineración de residuos sólidos. La actividad de eliminación de desechos y
la de generación de electricidad no pueden separarse en este caso, por lo que en la CIIU se ha optado
por convención asignar ambas actividades a la clase 3821 (Tratamiento y disposición de desechos no
peligrosos).