Revisión 4 adaptada para Colombia
CIIU Rev. 4 A.C.
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• La fabricación de sujetadores hechos de metal: clavos, remaches, tachuelas, alfileres, grapas, arandelas
y productos similares sin rosca.
• La fabricación de productos de tornillería: tuercas, pernos, tornillos y productos roscados y no roscados.
• La fabricación de cables de metal, trenzas y artículos similares de hierro, acero, aluminio o cobre, ais-
lados o no, pero no aptos para conducir electricidad.
• La fabricación de productos metálicos hechos con alta precisión en tornos revólver o automáticos.
• La fabricación de artículos hechos de alambre; alambre de púas, cercas de alambre, rejillas, redes y telas
metálicas, entre otros.
• La fabricación de recipientes utilizados para el envase o transporte de mercancías: latas para productos
alimenticios, barriles, tambores, bidones, tarros, cajas, entre otros, incluidos los de capacidad superior
a 300 L.
• La fabricación de muelles, incluso muelles semiacabados de uso general, excepto muelles para relojes
(muelles de ballesta, muelles helicoidales, barras de torsión, hojas para muelles, entre otros).
• La fabricación de vajillas de mesa de metales comunes, incluidas las enchapadas con metales preciosos,
sartenes, cacerolas y otros utensilios de cocina.
• La fabricación de pequeños aparatos de cocina accionados a mano para preparar, aderezar, acondicio-
nar o servir alimentos.
• La fabricación de utensilios de mesa y cocina no eléctricos, por ejemplo: sartenes y cacerolas.
• La fabricación de baterías de cocina (ej.: recipientes para hervir el agua).
• La fabricación de esponjillas metálicas.
• La fabricación de artículos sanitarios de metal como por ejemplo, bañeras, pilas, platones, lavabos y
otros artículos sanitarios y de aseo, esmaltados o no.
• La fabricación de pequeños artículos de metal para oficina, excepto los muebles metálicos.
• La fabricación de cajas de caudales, cajas fuertes, pórticos y puertas de cámaras blindadas, acorazadas
o reforzadas, entre otros.
• La fabricación de piezas y accesorios para vías de ferrocarril y de tranvía ensambladas y fijadas (por
ejemplo, carriles ensamblados, plataformas giratorias, potros de contención, entre otros).
• La fabricación de otros artículos de metal no clasificados en otra parte, como por ejemplo, cadenas (ex-
cepto cadenas de transmisión de potencia), hélices para barcos y palas para hélices, anclas, campanas,
marcos para fotos o cuadros, tubos y cajas colapsibles, cierres, hebillas, corchetes, almohadillas metá-
licas para fregar, señales de tránsito y artículos similares, cualquiera que sea el metal utilizado, excepto
metales preciosos.
• La fabricación de vallas, avisos y similares de metal, excepto las iluminadas.