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Marco legal
Las normas generales que regulan el registro de
las Entidades sin Ánimo de Lucro, son:
Decreto 2150 de 1996.
'HFUHWR GH
'HFUHWR /H\ GH
&LUFXODU ÂQLFD FLUFXODUHV \ GHO GH
VHSWLHPEUH GH
FLUFXODUHV
\
012 de 2012) de la Superintendencia de
Industria y Comercio.
¿Qué es una entidad sin ánimo de Lucro
(6$/ "
Las ESALES son personas jurídicas que se
constituyen por la voluntad de asociación o
creación de una o más personas (naturales o
jurídicas) para realizar actividades en beneficio
de los asociados, de terceras personas o de la
comunidad en general, que no persiguen el
reparto de utilidades entre sus miembros.
¿Cuáles ESALES están obligadas a registrarse
DQWH ODV FiPDUDV GH FRPHUFLR"
$VRFLDFLRQHV FRUSRUDFLRQHV IXQGDFLRQHV H
instituciones de utilidad común (gremiales,
de beneficencia; profesionales, juveniles,
sociales, democráticas y participativas,
cívicas y comunitarias, de egresados, de
rehabilitación social y ayuda a indigentes y
clubes sociales).
(QWLGDGHV FLHQWtILFDV WHFQROyJLFDV FXOWXUDOHV
e investigativas.
(QWLGDGHV FX\R REMHWR VHD HO GHVDUUROOR GH
planes y programas de vivienda de interés
social, excepto si se trata de entidades sin
ánimo de lucro integradas por familias
interesadas en la auto-construcción de sus
viviendas.
$VRFLDFLRQHV GH SDGUHV GH IDPLOLD GH
cualquier grado.
$VRFLDFLRQHV GH LQVWLWXFLRQHV HGXFDWLYDV
$VRFLDFLRQHV VLQ iQLPR GH OXFUR R GH
economía solidaria formadas por padres de
familia y educadores.
$VRFLDFLRQHV DJURSHFXDULDV \ FDPSHVLQDV
nacionales y no nacionales; y asociaciones
de segundo y tercer grado.
&RUSRUDFLRQHV DVRFLDFLRQHV \ IXQGDFLRQHV
creadas para adelantar actividades en
comunidades indígenas.
$VRFLDFLRQHV
GH
FRSURSLHWDULRV
coarrendatarios, arrendatarios de vivienda
compartida y vecinos, diferentes a las de
propiedad horizontal regidas por las leyes
182 de 1948, 16 de 1985 y 675 de 2001.
(QWLGDGHV DPELHQWDOLVWDV
3HUVRQDV MXUtGLFDV H[WUDQMHUDV \ 21*V
extranjeras de derecho privado sin ánimo
de lucro, con domicilio en el exterior y
que establezcan negocios permanentes
en Colombia a través de apoderados con
facultades para representarlas judicialmente
(artículo 48 de CPC).
9HHGXUtDV FLXGDGDQDV \ UHG GH YHHGXUtDV /H\
850 de 2003)
&RRSHUDWLYDV
IHGHUDFLRQHV
\
confederaciones, instituciones auxiliares de
la economía solidaria y precooperativas.
)RQGRV GH HPSOHDGRV