La solución de conflictos
en las entidades sin ánimo de lucro
Con ocasión de la dinámica social del país, las entidades sin ánimo de
KTBQN OTDCDM DMBNMSQ@QRD DM RHST@BHNMDR BNMƦHBSHU@R PTD QDPTHDQDM HL-
portantes esfuerzos para su solución, y en algunas ocasiones se recurre
a los sistemas tradicionales de justicia, o sistemas de justicia no formal
N @ KNR LDB@MHRLNR @KSDQM@SHUNR CD RNKTBH®M CD BNMƦHBSNR
Las opciones que pueden acoger las entidades sin ánimo de lucro, van
desde la justicia no formal, que surge en ocasiones desde la comunidad,
como el arreglo directo o la mediación o en los MASC, mecanismos alter-
M@SHUNR CD RNKTBH®M CD BNMƦHBSNR ƥFTQ@R ITQ¨CHB@R PTD RTQFDM CDRCD K@ KDX
como la conciliación en derecho o en equidad, el arbitraje y la amigable
BNLONRHBH®M X BTXNNAIDSHUNDR KNFQ@Q K@ RNKTBH®MO@B¨ƥB@ CD KNR BNMƦHBSNR
Estos mecanismos surgen para generar en la sociedad una nueva visión
DM K@ RNKTBH®M CD RTR BNMƦHBSNR ENQS@KDBHDMCN X O@SQNBHM@MCN U@KNQDR
como la autogestión y la corresponsabilidad, es decir, permitiendo y
promocionando la participación activa y directa de la ciudadanía para la
RNKTBH®M CD RTR BNMƦHBSNR
Tales mecanismos se encuentran a disposición de las ESAL, en razón de
RT TSHKHC@C DƥB@BH@ X DƥBHDMBH@
A. El arreglo directo
Aunque no existe disposición legal que regule el arreglo directo en cuanto
@ RT CDƥMHBH®M OQNBDCHLHDMSN X @KB@MBDR ¤RSD RD G@ @CNOS@CN BNLN TM@
herramienta válida para la solución de las controversias.
Capítulo
VIII