Capítulo II. ¿Cómo se constituye una entidad sin ánimo de lucro?
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Cuadro 2.1
Entidades que se registran
en las cámaras de comercio
Entidades que no se registran
en las cámaras de comercio
Asociaciones, corporaciones, fun-
daciones e instituciones de utilidad
BNLµM FQDLH@KDR CD ADMDƥBDMBH@
profesionales, juveniles, sociales,
democráticas y participativas, cívi-
cas y comunitarias, de egresados,
de rehabilitación social y ayuda a
indigentes, clubes sociales.
Entidades privadas del sector salud
cuando se dediquen a la atención de
servicios de salud en los procesos de
fomento, prevención, tratamiento y
rehabilitación a la comunidad de que
trata la Ley 100 de 1993, Ley 10 de
1990.Decreto 800 de 2003
$MSHC@CDR BHDMS¨ƥB@R SDBMNK®FHB@R
culturales e investigativas.
Instituciones de educación superior
(Ley 30 de 1992).
Planes y programas de vivienda de
interés social, excepto las entidades
que se dedican a adelantar proyectos
por medio del sistema de autocons-
trucción o autogestión y que estén
conformadas por familias.
Instituciones de educación formal y
no formal (Hoy Educación para el tra-
bajo y el DesarrolloHumanoDecreto
4904 de 2009, Ley 115 de 1994).
Asociaciones de padres de familia de
cualquier grado.
Instituciones de educación informal
(Decreto Distrital 854 de Noviembre
de 2001).
Asociaciones de instituciones edu-
cativas.
Sindicatos y asociaciones de traba-
jadores y empleadores (Art. 364 y
365 Código Sustantivo del Trabajo).
Asociaciones sin ánimo de lucro o
de economía solidaria formadas por
padres de familia y educadores.
Entidades reguladas por la Ley 100
de 1993 de seguridad social.
Asociaciones agropecuarias y cam-
pesinas, nacionales y no nacionales;
y asociaciones de segundo y tercer
grado.
Personas jurídicas sin ánimo de lucro
que presten servicios de vigilancia
privada (Decreto Ley 365 de 1994).
Corporaciones, asociaciones y funda-
ciones, creadas para adelantar acti-
vidades en comunidades indígenas.
Iglesias, confesiones y denomina-
ciones religiosas, sus federaciones,
confederaciones y asociaciones de
ministros.