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situaciones de control y grupos empresariales
Vademécum de registro mercantil
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• Casa principal subordinada de sucursal de sociedad extranjera en
situación de grupo empresarial.
(Ibídem).
• Modificación situación de control de sucursal de sociedad extranjera.
(Ibídem).
• Cancelación de situación de control de sucursal de sociedad extranjera.
(Ibídem).
• Situación de control matriz.
(
Circular Única SIC, Art. 28 Num. 10 C.
Co. y Art. 30 L. 222 de 1995).
• Situación de control subordinada. (Ibídem).
• Grupo empresarial matriz
sociedad comercial (Ibídem).
• Grupo empresarial subordinada sociedad comercial (Ibídem).
• Cancelación de situación de control/ grupo empresarial sociedad
comercial. (Ibídem).
• Modificación situación de control/ grupo empresarial sociedad comercial.
(Ibídem).
• Situación de control matriz sociedad civil.
(Ibídem).
• Situación de control subordinada sociedad civil. (Ibídem).
• Grupo empresarial matriz sociedad civil. (Ibídem).
• Grupo empresarial subordinada sociedad civil. (Ibídem).
• Cancelación de situación de control/ grupo empresarial sociedad civil.
(Ibídem).
• Modificación situación de control/ grupo empresarial sociedad civil.
(Ibídem).
• Situación de control matriz empresa asociativa de trabajo. (Ibídem).
• Situación de control subordinada empresa asociativa de trabajo.
(Ibídem).
• Grupo empresarial matriz empresa asociativa de trabajo. (Ibídem).
• Grupo empresarial subordinada empresa asociativa de trabajo. (Ibídem).
• Cancelación de situación de control/ grupo empresarial empresa
asociativa de trabajo. (Ibídem).
• Modificación situación de control/ grupo empresarial empresa asociativa
de trabajo. (Ibídem).
7.1.4. Preceptos legales que configuran situación de control
o grupo empresarial
En la inscripción de la situación de control o grupo empresarial se debe
informar frente al nombre de cada sociedad subordinada el (los) numeral
(es) de los preceptos legales en los que se enmarca la configuración de la
primera o el segundo. Los mismos están expresados de manera enunciativa
en el Artículo 261 del Código de Comercio, modificado por el Artículo 27 de
la Ley 222 de 1995, así:
• Cuando más del 50% del capital pertenezca a la matriz, directamente o
por intermedio o con el concurso de sus subordinadas, o de las subor-
dinadas de éstas. Para tal efecto no se computarán las acciones con
dividendo preferencial y sin derecho a voto.
• Cuando la matriz y las subordinadas tengan conjunta o separadamente
el derecho de emitir los votos constitutivos de la mayoría misma
decisoria en la junta de socios o en la asamblea, o tengan el número
de votos necesarios para elegir la mayoría de miembros de la Junta
Directiva, si la hubiere.
• Cuando la matriz, directamente o por intermedio o con el concurso de
las subordinadas, en razón de un acto o negocio con la sociedad
controlada o con sus socios, ejerza influencia dominante en las deci-
siones de los órganos de administración de la sociedad.