empresa asociativa de trabajo (eat)
Vademécum de registro mercantil
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• Objeto social. Enunciación clara de las actividades principales. Se
debe tener como objeto social la producción, comercialización, o
distribución de bienes básicos de consumo familiar, o la prestación de
servicios en forma individual o conjunta encaminada a la producción,
comercialización y distribución de bienes de consumo familiar.
• Vigencia o término de duración. Se debe indicar la fecha exacta de
terminación de la Empresa Asociativa de Trabajo.
• Los aportes y su distribución. Los aportes pueden ser:
• Aporte laboral.
• Aporte laboral adicional.
• Aporte en dinero o bienes, etc.
• La forma de administración de la empresa.
• Época y forma de convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias.
• Causales de disolución.
• Nombramientos de los representantes legales, órganos de administración
y fiscalización.
• Constancia de aceptación de los anteriores cargos e identificación de
las personas designadas.
12.4 Requisitos para el registro
• Presentar copia de la escritura pública o del documento privado de
constitución, debidamente reconocido ante Notario o presentado
personalmente ante el Secretario de la Cámara por quienes actuaron
en la reunión por presidente o secretario o por el representante legal
de la empresa o por sus otorgantes.
• El documento de constitución debe adoptar los estatutos de la empresa
asociativa de trabajo.
• Formulario RUES firmado por el representante legal de la empresa.
• Verificar que no figure inscrita otra persona jurídica o establecimiento
de comercio con el mismo nombre en esta Cámara y a través del
sistema RUES.
• En el caso que se aporten bienes inmuebles, se debe realizar por
escritura pública el acto de constitución, allegando copia del recibo de
pago del Impuesto de Registro que se realiza en la oficina de instru-
mentos públicos (Art. 226 L. 223 de 1995).
12.5 Disolución
• Las empresas asociativas se disolverán por sentencia judicial o por
reducción del número mínimo de miembros (Art. 18 L. 10 de 1991).
• Las causales previstas en el Artículo 218 del C. Co. (Art. 10 D. 1100
de 1992).
12.6 Liquidación
Copia del acta de liquidación debidamente aprobada, se registrara en
la Cámara de Comercio del domicilio social (Par. 2º del Art. 11 D. 1100
de 1992).
12.7 Nombramientos y reformas
Según lo prevé el Artículo 14 del Decreto 1100 de 1992, todo nombramiento
y reforma de estatutos de la Empresa Asociativa de Trabajo, deben ser
registrados en la Cámara de Comercio del domicilio social.