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cámara de comercio
Vademécum de registro mercantil
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Servicios que ofrece el RUES
• Consultas de todos los registros empresariales los 365 días del año a
través de Internet y en las Cámaras de Comercio.
• Expedición de certificados de todos los registros que integran el RUES
desde las 57 Cámaras de Comercio del país.
• Servicios regístrales integrales (Matrículas, renovaciones, inscripciones,
etc.) en más de 200 puntos de la Red de Cámaras de Comercio a nivel
nacional para los empresarios.
• Apoyo fundamental a los procesos de control y simplificación de las
entidades del Estado.
• Fuente para la realización de estudios económicos, establecimiento de
políticas públicas y seguimiento al entorno económico y de formaliza-
ción de las regiones.
• Aporte a la transparencia de los negocios, consultas de multas y san-
ciones de proponentes e inhabilidades, impedimentos y prohibiciones
del Registro Mercantil.
• Base técnica para el crecimiento de servicios virtuales registrales de la
Red de Cámaras de Comercio, como:
• Trámite para la asignación del NIT por parte de la DIAN.
• Registro Nacional de Turismo (RNT).
• Reporte de contratos, multas y sanciones de las Entidades del Estado.
• Expedición de certificados de Cámara de Comercio por Internet con
firmas digitales.
• Portal de Creación de Empresas.
El RUES integra los registros Mercantil, Proponentes, Entidades Sin
Ánimo de Lucro (ESALES), Nacional de Turismo, ONG Extranjeras y de
Economía Solidaria (ESS), Veedurías Ciudadanas y Entidades de Juego
Suerte y Azar.
Conforme a los Artículos 160 y siguientes del Decreto 019 de 2012, las
Cámaras de Comercio que cumplan con los requerimientos y características
definidas por el Gobierno Nacional a través del Organismo Nacional de
Acreditación de Colombia, podrán desarrollar funciones de certificación.
Dicho organismo suspenderá o retirará la acreditación en cualquier
tiempo, cuando se establezca que la entidad de certificación respectiva no
está cumpliendo con la reglamentación definida para el efecto, considerando
las siguientes condiciones:
a) Contar con la capacidad económica y financiera suficiente para
prestar los servicios autorizados como entidad de certificación.
b) Contar con la capacidad y elementos técnicos necesarios para la
generación de firmas digitales, la emisión de certificados sobre la
autenticidad de las mismas y la conservación de mensajes de datos
en los términos establecidos en esta Ley.
c) Los representantes legales y administradores no podrán ser per-
sonas que hayan sido condenadas a pena privativa de la libertad,
excepto por delitos políticos o culposos; o que hayan sido suspen-
didas en el ejercicio de su profesión por falta grave contra la ética
o hayan sido excluidas de aquélla. Esta inhabilidad estará vigente
por el mismo período que la ley penal o administrativa señale para
el efecto.
Asimismo, las actividades de las entidades de certificación acreditadas
por el organismo señalado podrán realizar, entre otras, las siguientes actividades:
• Emitir certificados de las firmas electrónicas o digitales de personas
naturales o jurídicas.