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Vademécum de registro mercantil
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2.2 Turista
Se considera turista a cualquier persona que viaja a un lugar diferente al de
su residencia habitual, que se queda por lo menos una noche en el lugar
que visita y cuyo principal motivo de viaje es el ocio, descanso, ocupación
del tiempo libre, peregrinaciones, salud, u otra diferente a una actividad
en el lugar de destino. También se consideran turistas internacionales los
pasajeros de cruceros y los colombianos residentes en el exterior de visita
en Colombia.
Si usted es prestador de servicios turísticos y requiere la ins-
cripción en el Registro Nacional de Turismo debe diligenciar
su solicitud a través del portal Web del RNT de acuerdo a los
siguientes pasos:
3.1 Pasos a través del portal Web
1. Ingrese al portal del Registro Nacional de Turismo:
al link: Registro Nacional de Turismo (RNT).
2. Obtenga su usuario y contraseña ingresando por la op-
ción “Registrarse”. Diligencie el
formulario de registro
con la información de la persona natural o jurídica según
sea el caso; el sistema le enviará a su correo electrónico
la opción para que active su usuario.
Recuerde:
Al crear su usuario y contraseña es importante
que los tenga presentes ya que estos datos constituyen la
Inscripción en el RNT
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