93
1.1 Generalidades
1.1.1. Tipo de documentos que se pueden inscribir
• Las sociedades, por lo general, se constituyen por
escritura pública, cualquiera que sea su objeto social
independientemente de su naturaleza que puede ser
comercial o civil
. Las constituciones de las sucursales
de sociedad extranjera se protocolizan con copia de los
documentos establecidos en la Ley.
• Hay otros entes que pueden constituirse por documento
privado o por acta de constitución. Entre otros se en-
cuentran las empresas unipersonales (L. 222 de 1995),
las sociedades pluripersonales (L. 1014 de 2006), las
Empresas Asociativas de Trabajo (ETA) y las Sociedades
por Acciones Simplificadas (S.A.S.) (L. 1258 de 2008).
Constituciones
1