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reformas
Vademécum de registro mercantil
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• Sociedades de la Ley 1014.
• Sociedades por acciones simplificadas.
3.1.4. ¿En qué libro se inscriben?
Con base en el tipo de ente, su naturaleza y legislación aplicable se esta-
blecerá en que libro se debe inscribir el acto de reformas (Circ. Única SIC),
a saber:
• Las sociedades Comerciales y las empresas unipersonales se inscriben
en el Libro IX.
• Las sociedades Civiles se inscriben en el Libro XIII.
• Las sucursales de sociedades Extranjeras se inscriben en el Libro VI.
• Las Empresas Asociativas de Trabajo se inscriben en el Libro XIV.
• Las sociedades que ejerzan la actividad de vendedores de juegos de
suerte y azar se inscriben en el Libro XXII.
3.1.5. Tipos de actos a los que aplica
• Adjudicación de cuotas por sociedad conyugal casa principal. (Art.
523 C.G.P. y D. 902 de 1988).
• Adjudicación de cuotas sociales por liquidación de herencia casa prin-
cipal. (Art. 509 C.G.P., y D. 902 de 1988).
• Adjudicación de cuotas por liquidación de sociedad comercial. (Circ.
Única SIC, Circular Externa 15/01 Art. 1º y Circular Externa 5/07 y Art.
28 Num. 9º).
• Adjudicación de cuotas por liquidación de sociedad civil. (Circ. Única
SIC, Circular Externa No. 007 de 2011 y Art. 28 Num. 9º).
• Adjudicación de cuotas por liquidación de sociedad conyugal – socie-
dad comercial. (Art. 523 C.G.P., y D. 902 de 1988).
• Adjudicación de cuotas por liquidación de sociedad conyugal – socie-
dad civil. (Ibídem).
• Adjudicación de cuotas por liquidación de herencia – sociedad comer-
cial. (Art. 509 C.G.P., y D. 902 de 1988).
• Adjudicación de cuotas por liquidación de herencia – sociedad civil.
(Ibídem).
• Adjudicación de cuotas por liquidación de sociedad conyugal – Em-
presa Asociativa de Trabajo. (Art. 523 C.G.P., y D. 902 de 1988).
• Adjudicación de cuotas por liquidación de herencia – Empresa Asocia-
tiva de Trabajo. (Art. 509 C.G.P., D. 902 de 1988).
• Aumento de capital autorizado – sociedad comercial. (Circ. Única SIC,
Art. 28 Num. 9º y 158 C. Co. y Art. 29 L. 1258 de 2008).
• Aumento de capital autorizado – sociedad civil. (Circ. Única SIC, Art.
28 Num. 9º, 100 y 158 C. Co. y Art. 29 L. 1258 de 2008).
• Aumento de capital proveniente de la capitalización de pasivos.
• Cambio de naturaleza comercial a civil. (Ibídem).
• Cambio de naturaleza civil a comercial. (Ibídem).
• Cambio de nombre de sucursal o agencia.
• Cambio de domicilio – casa principal.
• Cambio de domicilio a ciudad de la jurisdicción de la Cámara de Co-
mercio de Bogotá – Sociedad Comercial. (Circ. Única SIC Art. 28 Num.
9º y 158, Art. 165 C. Co. y Art. 29 L. 258 de 2008).
• Cambio de domicilio fuera de la jurisdicción de la Cámara de Comercio
de Bogotá – Sociedad Comercial. (Circ. Única SIC Art. 28 Num. 9º, Art.
158 C. Co. y Art. 29 L. 1258 de 2008).