El Plan de Ordenamiento Territorial es la norma que define cómo puede la ciudad hacer uso de su suelo y dónde están las áreas protegidas, en qué condiciones se puede ubicar vivienda, actividades productivas, culturales y de esparcimiento.
Las principales finalidades del POT de Bogotá son:
- Mejorar la calidad de vida de los habitantes, mediante el acceso a oportunidades y beneficios que ofrece el desarrollo de la ciudad.
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Garantizar que todos los ciudadanos tengamos acceso a los servicios comunes de la ciudad: vías, parques, colegios, hospitales, servicios públicos, vivienda digna.
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Procurar la utilización racional del suelo para favorecer el interés común, la sostenibilidad ambiental y la preservación del patrimonio.
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Velar por la sostenibilidad ambiental y la seguridad de la población ante riesgos naturales.
El Plan de Ordenamiento Territorial regula tanto el espacio urbano (75%) como el espacio rural (25%) de Bogotá.
Del total del territorio, el 2% son áreas de expansión urbana (previstas para el futuro crecimiento de la ciudad) y el 4% son zonas protegidas ambientalmente (que no pueden tener usos urbanos).
El POT es el instrumento con el que cuenta Bogotá para reordenar su territorio en un término de 12 años (largo plazo), que puede ser revisado cada 4 años (corto plazo) en asuntos que no sean estructurantes, si se demuestra que existen condiciones para hacerlo.
El POT define:
- La Clasificación del suelo (Urbano, de Expansión Urbana, Suburbano, Rural, de Proteccion.
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Los límites de crecimiento de la ciudad.
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Dónde se pueden desarrollar las diferentes actividades (vivienda, comercio, industria), condiciones de edificabilidad y
Cuál es la infraestructura física necesaria (vías, espacios públicos, equipamientos).