Antes de tomar decisiones relacionadas con compra o alquiler de predios, locales, oficinas o inmuebles en general, los emprendedores deben consultar o solicitar ante “Concepto de Uso del Suelo”, para garantizar que las inversiones previstas estén bien encaminadas y que efectivamente los usos planteados sean permitidos.
Todas las actividades mercantiles están reguladas por el gobierno distrital, con el objeto de garantizar la disminución de los impactos que puedan crearse por la proliferación de ciertas actividades en algunas zonas de la ciudad o por su incompatibilidad y perjuicio social, económico y ambiental que puedan causar.
El Uso de Suelo está regulado por el Concejo Distrital, a través del Plan de Ordenamiento Territorial –POT-, determinando el uso y destinación de se le puede dar a cada una de las zonas de la ciudad.
El Concepto de Uso del Suelo, Según el Decreto 1077 de 2015, es el dictamen escrito por medio del cual el curador urbano o la autoridad municipal o distrital competente para expedir licencias o la oficina de planeación o la que haga sus veces, informa al interesado sobre el uso o usos permitidos en un predio o edificación, de conformidad con las normas urbanísticas del Plan de Ordenamiento Territorial y los instrumentos que lo desarrollen. La expedición de estos conceptos no otorga derechos ni obligaciones a su peticionario y no modifica los derechos conferidos mediante licencias que estén vigentes o que hayan sido ejecutadas.