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Constituciones
Vademécum de registro de las ESALES
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2.2.1.2. Documentos para estudio de constitución
Por acta de constitución junto con los estatutos
. Los asociados, etc.,
pueden realizar una reunión donde se decide crear o reconstituir la
ESAL. Se elaborará un acta denominada
“acta de la asamblea de cons-
titución
”, que debe contener los estatutos que van a regir el ente, o los
mismos pueden adjuntarse en documento anexo, indicando que ha-
cen parte integral del acta. El acta debe estar firmada por las personas
que actuaron como presidente y secretario de la reunión. El acta debe
tener presentación personal por parte de presidente y secretario de la
reunión (Art. 40 D. 2150 de 1995).
Documento Privado.
Los asociados, etc. o sus apoderados, anexan-
do el poder correspondiente, pueden optar por crear o reconstituir la
ESAL mediante documento privado, que debe contener los estatutos,
los mismos pueden adjuntarse en documento anexo, indicando que
hacen parte integral del mismo. Este documento debe ser firmado con
la diligencia de presentación personal ante juez o ante el secretario la
Cámara de Comercio, al momento de radicar los documentos por par-
te de todos los constituyentes. Esta diligencia podrá hacerse a través
de apoderado debidamente constituido.
Escritura Pública
. Se puede constituir por escritura pública, a la no-
taria deben comparecer todos los asociados o fundadores en forma
personal o mediante apoderado anexando el poder correspondiente, a
suscribir la escritura que debe contener los estatutos con los requisitos
de toda constitución. Esta formalidad resulta ser obligatoria para los
casos en que se aporte un bien inmueble. La sede debe haber revisa-
do que la escritura pública sea original. En caso que el usuario haya
presentado una copia simple, realizará la anotación correspondiente.
2.2.1.3. Formularios
La ausencia de diligenciamiento de los formularios no impide la inscripción
de la constitución de las ESALES ante las Cámaras de Comercio. Sin em-
bargo, cuando se alleguen, el funcionario encargado verificará lo siguiente:
• Formulario de Registro Único Empresarial y Social - RUES
• Que se anexe el formulario de registro único empresarial y social.
• Que se hayan diligenciado las casillas de acuerdo con las instruc-
ciones.
• Que se haya diligenciado el nombre y la sigla (en el caso que la tenga)
en forma correcta de acuerdo a lo establecido en los estatutos, así
como la clase de entidad a constituir, los cuales deben coincidir tanto
en el documento de constitución como en los demás formularios.
• Que se encuentre la información correcta de los códigos CIIU.
• Que se encuentre el formulario suscrito por el Representante Legal
o su apoderado
.
• Que se indique el número de teléfono, la dirección y el correo elec-
trónico, toda vez que esta información debe coincidir con la incluida
en el formulario Pre-RUT o RUT.
• Que no contenga tachones ni enmendaduras.
(Art. 32 C. Co, Res. 60222 del 12 de octubre de 2012 SIC, Arts. 45 y
70 CCA, Art. 63 D. 019 de 2012 y Arts. 65 y sig. C.P.C.).
• Formulario de registro con otras entidades
• Que se anexe el formulario adicional para fines tributarios.
• Que se indique en el mismo el número del formulario Pre-RUT o RUT.