Revisión 4 adaptada para Colombia
CIIU Rev. 4 A.C.
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La clase 2423, «Fabricación de productos farmacéuticos, sustancias químicas medicinales y productos
botánicos», definida en CIIU Rev. 3.1 A.C., se traslada y asciende de categoría en CIIU Rev. 4 A.C., cons-
tituyéndose como una división nueva, grupo y clase cerrados, cuya descripción es la siguiente: división
21, «Fabricación de productos farmacéuticos, sustancias químicas medicinales y productos botánicos de
uso farmacéutico».
La clase 2513, «Fabricación de formas básicas de caucho» y la clase 2519, «Fabricación de otros pro-
ductos de caucho n.c.p.», definidas en CIIU Rev. 3.1 A.C., se agrupan en una sola categoría en CIIU Rev.
4 A.C., estableciéndose la clase 2219, «Fabricación de formas básicas de caucho y otros productos de
caucho, n.c.p.».
En CIIU Rev. 4 A.C., en el grupo 239, «Fabricación de productos minerales no metálicos n.c.p.», se pre-
sentó una reorganización de las categorías, las cuales se definen en el siguiente orden:
• Clase 2391, «Fabricación de productos refractarios».
• Clase 2392, «Fabricación de materiales de arcilla para la construcción».
• Clase 2393, «Fabricación de otros productos de cerámica y porcelana».
• Clase 2394, «Fabricación de cemento, cal y yeso».
• Clase 2395, «Fabricación de artículos de hormigón, cemento y yeso».
• Clase 2396, «Corte, tallado y acabado de la piedra».
• Clase 2399, «Fabricación de otros productos minerales no metálicos n.c.p».
La clase 2927, «Fabricación de armas y municiones», definida en CIIU Rev. 3.1 A.C. en la división 29,
«Fabricación de maquinaria y equipo n.c.p.», se traslada y asciende de categoría, generándose dos nuevas
categorías en el nivel de grupo y de clase cerrados en CIIU Rev. 4 A.C., en la división 25, «Fabricación
de productos elaborados de metal, excepto maquinaria y equipo», y la división 30, «Fabricación de otros
tipos de equipo de transporte», respectivamente, y cuyas categorías se definen como grupo 252, «Fabrica-
ción de armas y municiones», y grupo 304, «Fabricación de vehículos militares de combate».
En CIIU Rev. 4 A.C. se crea una nueva división que recoge actividades establecidas en CIIU Rev. 3.1 A.C.
que estén relacionadas con productos informáticos, electrónicos y ópticos, los cuales están definidos
principalmente en las siguientes categorías: división 30, «Fabricación de maquinaria de oficina, contabi-
lidad e informática»; división 31, «Fabricación de maquinaria y aparatos eléctricos n.c.p.».; división 32,
«Fabricación de equipo y aparatos de radio, televisión y comunicaciones», y división 33, «Fabricación
de instrumentos médicos, ópticos y de precisión y fabricación de relojes»; además de algunas actividades
definidas en la división 24, «Fabricación de sustancias y productos químicos»; división 25, «Fabricación
de productos de caucho y de plástico», y división 36, «Fabricación de muebles; industrias manufactureras
n.c.p.». De esta manera, se genera en CIIU Rev. 4 A.C. la división 26, «Fabricación de productos informá-
ticos, electrónicos y ópticos», de acuerdo con los lineamientos establecidos en el referente internacional.
La división 30, «Fabricación de maquinaria de oficina, contabilidad e informática», definida como grupo
y clase cerrados en CIIU Rev. 3.1 A.C., reduce de categoría de división a clase, separándose en dos clases
en la CIIU Rev. 4 A.C., las cuales se definen como clase 2620, «Fabricación de computadoras y de equipo
periférico», y clase, 2817, «Fabricación de maquinaria y equipo de oficina (excepto computadoras y equi-
po periférico)
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, categorías que están contenidas en la división 26, «Fabricación de productos informáticos,
electrónicos y ópticos», y división 28, «Fabricación de maquinaria y equipo n.c.p.», respectivamente.