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Revisión 4 adaptada para Colombia
CIIU Rev. 4 A.C.
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• El cultivo de hortalizas de hoja o de tallo, como: alcachofas, espárragos, repollos, lechugas, espinacas
y otras hortalizas de hoja o de tallo.
• El cultivo de hortalizas de fruto, como: pepinos, pepinillos, tomates, berenjenas, sandías, melones y
otras hortalizas de fruto.
• El cultivo de hortalizas de raíz, bulbosas o tuberosas, como: zanahorias, nabos, ajos, cebollas, puerros
y otras hortalizas de raíz, bulbosas o tuberosas.
• El cultivo de hortalizas de flor como el coliflor y el brócoli.
• El cultivo de setas (hongos) y trufas.
• El cultivo de semillas, excepto semillas de remolacha no azucarera.
• El cultivo de remolacha azucarera.
• El cultivo de otras hortalizas.
• El cultivo de raíces y tubérculos, como: papa, batata o camote, yuca, ñame, arracacha y otras raíces y
tubérculos.
Esta clase excluye:
• El cultivo de semillas de hongos. Se incluye en la clase 0130, «Propagación de plantas (actividades de
los viveros, excepto viveros forestales)».
• El cultivo de ajíes y pimientos, al igual que otras especias y plantas aromáticas. Se incluye en la clase
0128, «Cultivo de especias y de plantas aromáticas y medicinales».
• La fabricación de alcohol carburante a partir de hortalizas, raíces y tubérculos. Se incluye en la clase
2011, «Fabricación de sustancias y productos químicos básicos».
0114 Cultivo de tabaco
Esta clase incluye:
• El cultivo de tabaco en bruto.
0115 Cultivo de plantas textiles
Esta clase incluye:
• El cultivo de algodón.
• El cultivo de yute, kenaf y otras plantas de fibras textiles blandas.
• El cultivo de lino y cáñamo.