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Contexto internacional
Como parte de la experiencia mundial con relación a la lucha de estos
fenómenos, se tienen como referentes las siguientes convenciones y
recomendaciones:
•
NACIONES UNIDAS
La Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de
Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, suscrita en Viena en 1988,
tuvo como propósito principal promover la cooperación para hacer
frente con mayor eficacia a los diversos aspectos del tráfico ilícito de
estupefacientes y sustancias sicotrópicas. En esta convención se insta
a las partes (Estados), entre otras, a tomar las medidas que sean
necesarias para tipificar como delito penal la conversión o transferencia,
ocultación o encubrimiento de bienes que proceden del tráfico ilícito de
estupefacientes.
Luego, mediante la Convención de las Naciones Unidas contra la
Delincuencia Organizada Transnacional, suscrita en Palermo en 2000,
tuvo como propósito principal promover la cooperación para prevenir
y combatir eficazmente la delincuencia organizada transnacional. Esta
convención establece algunas medidas para combatir el blanqueo de
dinero en todas sus formas, con hincapié en los requisitos relativos a la
identificación del cliente, el establecimiento de registros y la denuncia
de las transacciones sospechosas.
Mediante la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción,
suscrita en Mérida en 2003, uno de los principales propósitos es el
de promover la cooperación para prevenir y combatir eficazmente
la corrupción. Esta convención establece algunas medidas, entre las
cuales se mencionan la reglamentación y supervisión de los bancos
para prevenir y detectar todas las formas de blanqueo de dinero, la
posibilidad de establecer una dependencia de inteligencia financiera,
medidas viables para detectar y vigilar el movimiento transfronterizo
de efectivo y de títulos negociables, medidas apropiadas para las