Página 20 - nrs_encuesta_empresarial_20100621

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lugar del domicilio principal de la ESAL y en
el lugar donde tenga abiertas sucursales.
‡ 6L OD HQWLGDG R VX VXFXUVDO HVWiQ ORFDOL]DGDV
en Bogotá o en cualquiera de los municipios
de nuestra jurisdicción, puede presentar la
solicitud en cualquiera de las sedes de la
Cámara de Comercio de Bogotá.
¿Qué se entiende por veeduría y red de
YHHGXUtDV FLXGDGDQDV"
Se entiende por veeduría ciudadana, el
mecanismo democrático de representación que
le permite a los ciudadanos o a las diferentes
organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia
sobre la gestión pública, respecto a las
autoridades administrativas, políticas, judiciales,
electorales, legislativas y órganos de control,
así como las entidades públicas o privadas,
organizaciones no gubernamentales de carácter
nacional o internacional que operan en el país
(articulo 1 Ley 850 de 2003).
Se entiende por red de veedurías, los diferentes
tipos de veedurías que se organicen a nivel
nacional o de las entidades territoriales, para
establecer mecanismos de comunicación,
información, coordinación y colaboración,
procurando la formación de una red para
fortalecer la sociedad civil y asegurar el control
y fiscalización (articulo 21 Ley 850 de 2003).
¿Quién pueden constituir veedurías o redes
GH YHHGXUtDV"
Todos los ciudadanos en forma plural o a
través de organizaciones civiles sin ánimo de
lucro y constituidas con arreglo a la ley podrán
constituir veedurías ciudadanas.
¿Cómo se realiza el registro de las veedurías
\ UHGHV GH YHHGXUtDV"
Es de aclarar que las veedurías ciudadanas
pueden constituirse por el procedimiento
previsto en el artículo 3 de la Ley 850 de 2003,
(para este caso no adquiere personería jurídica),
o como cualquier ESAL del régimen común, para
este caso deberá cumplir con los requisitos de
constitución de una ESAL del régimen común y
luego de su inscripción ante cámara adquiere su
personería jurídica.
Los documentos que deberán allegarse para la
inscripción de la veeduría constituida de acuerdo
con el artículo 3 de la Ley 850 de 2003 son:
Se debe allegar un documento o acta de
constitución en la cual conste:
‡ (O QRPEUH GH ORV LQWHJUDQWHV
‡ (O Q~PHUR GHO GRFXPHQWR GH LGHQWLGDG GH ORV
integrantes.
‡ 2EMHWR GH OD YLJLODQFLD
‡ 1LYHO WHUULWRULDO
‡ 'XUDFLyQ
‡ /XJDU GH UHVLGHQFLD
Tenga en cuenta:
Si es documento privado se debe realizar la
presentación personal por parte de todos
los integrantes o a través de apoderado.