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Capítulo VII. ¿Cómo se registran los libros?
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A. ¿Qué libros deben registrarse?
Se ha determinado que las ESAL deben llevar aquellos libros que en razón
de su contabilidad y objetivos, se hagan necesarios para sus asientos. El
decreto Ley 019 de 2012, señaló que los libros que se deben registrar
son los siguientes:
Los libros de asociados o de fundadores.
Los libros de actadelmáximoórgano social (Asambleao fundadores).
Los demás libros respecto de los cuales a ley establezca esa forma-
lidad.
Con todo, no es obligatorio registrar los libros de contabilidad.
Por lo anterior, los libros que se llevan con más frecuencia son:
Libros de actas de asambleas de asociados.
Libros de actas de asambleas de fundadores.
Libros de actas de juntas directivas.
Libros de actas de consejos directivos.
Libros de actas de consejos de administración.
Libro Mayor y balances.
Libro Diario.
Libro de Inventario y balances.
Figura 7.1. Pasos para efectuar el registro de libros
Paso 1.
5DQHƥB@Q PTD K@ DMSHC@C DRSœ HMRBQHS@ DM K@
CámaradeComercio.Determinar los libros
para registrar y prepararlos, marcarlos,
numerarlos, etcétera.
Paso 2.
Elaborar solicitud de registro de libros,
ƥQL@C@ ONQ DK QDOQDRDMS@MSD KDF@K
Paso 3.
Presentar libros en blanco y pagar los
derechos de inscripción.
Paso 4.
Utilizar los libros e informar de su registro
a la entidadqueejerce inspección, control
y vigilancia.