Guía Práctica de las Entidades sin Ánimo de Lucro y del Sector Solidario
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en las cuales se da inicio a la reunión con el 50% del total de delegados
o de los asociados hábiles, según el caso.
2. Quórum decisorio
Es el número de asociados que, estando presente en el sitio de la reunión,
DLHSDM RT UNSN @ƥQL@SHUN O@Q@ @CNOS@Q K@R CHEDQDMSDR CDBHRHNMDR PTD RD
plantean en el desarrollo del orden del día.
Generalmente, este quórum (número o porcentaje de asociados presen-
tes), que también se denomina mayoría decisoria, debe ser equivalente
a la mayoría de votos, es decir, el voto de la mitad más uno del total de
los asociados presentes en la reunión (quórum deliberatorio).
Existen algunos porcentajes o número de votosmínimos especiales, para
adoptar algunos tipos de decisiones. Es así como encontramos un quórum
decisorio mayor al establecido en la ley; por ejemplo: para las coopera-
tivas, la mayoría decisoria (quórum decisorio), para adoptar reformas, es
del voto de las dos terceras partes de los asistentes; para los fondos de
empleados se adoptan reformas con el voto del 70% de los asistentes.
$M SNCN B@RN DRLDINQ PTD K@RL@XNQ¨@R DRODBH@KDR RD CDƥM@M BK@Q@LDMSD
en los estatutos sociales, para darles aplicación y tener mayor claridad
al momento de decidir.
C. Clases de reuniones
En razón de las posibilidades jurídicas que plantea nuestra legislación
vigente, existen diferentes clases de reuniones, de las cuales pueden
hacer uso las ESAL, y que facilitan el pronunciamiento de la voluntad
colectiva de los asociados. Para que estas reuniones sean aplicadas, es
necesario que sean incluidas en los estatutos sociales.
Estas reuniones son:
Ordinarias.
Extraordinarias.
De hora siguiente.
De segunda convocatoria.