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Vademécum de registro mercantil
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13.2.10. Revisión jurídica para la autorización de adolescentes
para ejercer el comercio y su revocación
• Copia legible y completa de los documentos.
• Copia auténtica de los documentos sujetos a registro.
• Verificar en el kárdex que el documento no se encuentre inscrito.
• Verificar y ubicar la Matrícula del comerciante menor adulto.
• Verificar que el documento se encuentre suscrito por los representan-
tes legales del adolescente (12 a 17 años de edad).
• Verificar si las personas legitimadas para otorgar la autorización están
suscribiendo el documento cuando éste se vaya a revocar.
• Verificar que se indique en el documento los requisitos de la autoriza-
ción establecidos en el Artículo 12 del Código de Comercio.
• Verificar que se anexe copia del registro civil del adolescente.
• Cuando se trate de revocatoria, se debe verificar si al momento de la
misma la persona ya adquirió la mayoría de edad, en caso contrario,
para poder inscribir la revocatoria se requiere que esté al día en la
renovación de Matrícula y que se haya acreditado el pago de los dere-
chos de cancelación de la misma, efectuando la anotación en el Libro
XV de registro.
• Verificar pago de derechos de inscripción.
• Verificar pago de Impuesto de Registro sin cuantía.
14.1 Generalidades
14.1.1.Poder
14.1.1.1. Concepto
De acuerdo con el Artículo 1262 del Código de comercio, el
mandato comercial es un contrato por el cual una parte se
obliga a celebrar o ejecutar uno o más actos de comercio por
cuenta de otra. El mandato puede conllevar o no la represen-
tación del mandante.
Resulta necesario advertir que el mandato como negocio
jurídico base, debe ser representativo para efectos de ser
inscrito en Cámara de Comercio, por tanto se debe otorgar
poder a otra persona, para que en nombre y por cuenta del
comerciante persona natural o jurídica celebre uno o varios
negocios o actos jurídicos, cuyos efectos recaerán di-
rectamente en la sociedad representada si se obra dentro
del marco de sus atribuciones.
Administración
de los bienes del
comerciante
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