certificación
Vademécum de registro mercantil
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de la casa matriz y es dispositiva para el caso de las sucursales y prohibitiva
para las agencias. (Arts. 263, 264 de C. Co).
5.2.1. Certificados de las Entidades del Sector Solidario (ESS)
En los certificados de existencia y representación legal de las entidades del
sector solidario, las Cámaras de Comercio deberán dejar constancia visible
que corresponde a una entidad de economía solidaria, especificando el
tipo de entidad, de acuerdo al parágrafo 2º del Artículo 6º de la Ley 454
de 1998, donde se relacionen los datos referentes al documento de cons-
titución, nombre, domicilio, termino de duración, objeto social, administra-
dores, representantes legales y sus facultades, revisores fiscales, valor del
patrimonio y las providencias judiciales y/o administrativas.
5.3 Certificados de Matrícula Mercantil
Los certificados de Matrícula Mercantil, como su nombre lo indica, acreditan
el cumplimiento de este requisito legal respecto del comerciante (persona
natural o jurídica) y de sus establecimientos de comercio e informan, entre
otros aspectos, el nombre y número de Matrícula de los establecimientos
de comercio que una persona natural o jurídica tenga registrados, siempre
que se encuentren ubicados dentro del territorio que integra la jurisdicción
de la Cámara de Comercio que los expide.
5.4 Certificados textuales
Los certificados textuales son las herramientas a través de la cual las
Cámaras de Comercio producen copias auténticas de los actos, contratos y
documentos sujetos a registro que constan en sus archivos. A través de los
mismos, la Cámara de Comercio da fe de la existencia y de los contenidos
de este tipo de archivos.
5.5 Certificados de inscripción de libros de comercio
Este tipo de certificados informan los libros de actas de asamblea o junta
de socios y de accionistas que haya registrado el comerciante, indicando
en ellos el número y fecha de registro y el destino de cada libro.
5.6 Certificados históricos o de fecha especial de
actos y documentos inscritos
Los usuarios de las Cámaras de Comercio pueden solicitar certificados en
los que conste la información contenida en los soportes documentales que
reposan en sus archivos. Estos certificados se expiden a solicitud del inte-
resado y de acuerdo con la información requerida por el mismo.
5.7 Certificados de sociedades vigiladas
Las compañías vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia
deben registrar en las Cámaras de Comercio todos los documentos sometidos a
la formalidad registral, pero su existencia y representación legal se prueba
únicamente con certificación de la Superintendencia Financiera de Colombia.
Por esta razón, las cámaras de comercio expiden, respecto de este tipo de
entes, certificados de inscripción de documentos que no tiene los alcances
del denominado de “existencia y representación legal”. (Art. 74 y Num. 6º
Art. 326 E.O.S.F., y Art. 11.2.1.4.57 Decreto Único 2555 de 2010).