Página 25 - Revista_Confluencia

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P
aradojas
y
reflexiones
acerca
de
la mediación
institucional
:
la
cultura
,...
la modificación cultural de las creencias de reputación
20
a nivel individual
y grupal resulta extremadamente difícil y exhibe niveles elevados de
resistencia al cambio, propiciando que el proyecto contracultural que
propone y supone la mediación pueda ser deslegitimado y/o discutido
intra organizacionalmente, porque es epistemológicamente distinto en
su concepción del conflicto y en el diseño y aplicación de las formas y
conductas para afrontarlo, lo cual puede no ser consistente con el modelo
cultural prevalente, macro y exo sistémicamente considerado.
La organización de sistemas contraculturales en instituciones dotadas
de poder coercitivo, sin profundizar en la realización de acciones concretas
destinadas a provocar cambios en el paradigma cultural relativo a la
forma de resolver los conflictos, permite entender uno de los puntos de
resistencia de los miembros de la organización a la incorporación de los
MARCs (Mecanismos Alternativos de Resolución de Conflictos) en la oferta
de servicios a los administrados.
En su faz institucional, la adscripción apriorística de la mediación a los
clásicos
sistemas de poder coercitivopara resolver las disputas, brinda una base
para responder a preguntas ya clásicas: ¿por qué no se termina de aceptar a la
mediación institucional?, ¿por qué muchos abogados y usuarios potenciales
continúan descreyendo de ella?Quizás una de las causas radique en que no se
la percibe como sustancialmente diferente del sistema institucional (basado en
la coerción) que la propugna y organiza: allí podría estar el origen de hablar
de y pensar a la mediación institucional como una
justicia menor
, una
justicia
suave
, una
justicia informal
, o, en sus extremos facciosos, una
justicia de 2ª
o una
justicia para pobres que no pueden pagar los servicios de un abogado
.
A ello también puede deberse, siguiendo la línea de pensamiento
expuesta y desde la propia práctica, que la incorporación de la mediación
a contextos tradicionalmente vinculados con el poder de sanción implique
la necesidad de un importante esfuerzo por parte de los mediadores que
actúan en esos contextos (sobre todo el judicial) destinado a
despegar
al
sistemamediación del modelomental de poder patronizado e internalizado
por los usuarios del servicio y de la creencia de reputación organizacional
asentada y prevalente en el conjunto social respecto de los integrantes del
poder judicial: el rol del decisor, el rol de un juez.
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Modelos mentales de reputación son, para FIOL, representaciones mentales organizadas sobre
el propio poder y sobre el poder de los otros y que tienden a dirigir a la persona; un conjunto de
creencias que otros tienen acerca de qué tan poderoso es el grupo. Así, por ejemplo, la percepción
social de que el poder judicial y algunos de sus integrantes tienen poder coercitivo es parte
intrínseca en la construcción de la identidad institucional.