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Algunos de estos servicios son: 1. Consulta de sociedades por NIT,
nombre o razón social, estado, situación o departamento a través
de su sistema de información general de sociedades. 2. Sistema de
Información y Riesgo Empresarial (SIREM), que contiene la información
suministrada por las sociedades que están sometidas a la inspección,
vigilancia y control de esa superintendencia y de algunas sociedades
que vigila la Superintendencia Financiera, pertenecientes al sector real
de la economía. 3. Ventana de Enseñanza Empresarial (VEM), diseñada
con la información necesaria para crear y liderar una empresa exitosa y
para formular cultura corporativa, entendida como la necesidad que el
empresario tenga para el desarrollo de su negocio una estrategia, una
planeación, un presupuesto y unos factores de medición. 4. Quejas o
reclamos relacionados con la deficiente prestación del servicio a cargo
de la Superintendencia de Sociedades. 5. Denuncias por corrupción,
correspondiente a alguna conducta irregular de un funcionario de esa
superintendencia, que implique corrupción, incumplimiento grave de
las funciones, extralimitación o negligencia, uso indebido de bienes del
Estado, abuso de autoridad, atención deficiente, exigencia de dádivas o
cobro de dineros por la prestación del servicio, etc.
Para reportar operaciones sospechosas (ROS)
La Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) (
www.uiaf.gov.
co
), entidad adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, es la
encargada de recibir los reportes de operaciones sospechosas (ROS) de
los sujetos obligados o de cualquier persona que lo realice de manera
voluntaria.
Los ROS se deben efectuar directamente a la UIAF, a través del enlace
“Cuéntenos sobre lavado de activos o financiación del terrorismo”, en
la página
www.uiaf.gov.co
, o se puede obtener mayor información en la
línea gratuita 01 8000 111183.
Las operaciones sospechosas para reportar a laUIAF, se refierenaaquellas
operaciones, hechos o situaciones que posiblemente están relacionadas
con el lavado de activos o la financiación del terrorismo. No se requiere
la certeza de tal relación para efectuar el ROS correspondiente.
El ROS no constituye denuncia penal y es absolutamente reservado
conforme a la ley. Por tanto, quien lo realice se encuentra amparado
por la exoneración de responsabilidad consagrada por la ley.