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c) Presentación de documentos o datos presuntamente falsos;
d) Actuación en nombre de terceros que no justifican razonablemente
su titularidad;
e) Uso de empresas aparentemente de fachada o de papel;
f) Relación con personas vinculadas o presuntamente vinculadas a
actividades delictivas;
g) Relación con bienes de presunto origen ilícito, y
h) Uso indebido o fraccionamiento de dinero en efectivo, de acuerdo
con las condiciones normales de los negocios.
2. Se debe sugerir la urgencia del reporte, relacionado con la prontitud
con la cual se debería actuar respecto a éste. En tal sentido, por ejemplo,
un reporte será urgente:
a) Cuando sea inminente la disposición, transferencia o retiro de
recursos vinculados a un negocio, o a una presunta actividad de
lavado de activos o financiación del terrorismo;
b) Cuando sea inminente el empleo de recursos en la realización de un
negocio relacionado con actividades terroristas u otras delictivas, y
c) Cuando sea imperativa, a juicio del reportante, la intervención de
las autoridades para evitar la disposición, transferencia o circulación
de recursos, en cualquier forma, presuntamente vinculados a
operaciones de lavado de activos o financiación del terrorismo.
Para denunciar
Las denuncias se pueden realizar, principalmente, ante la Fiscalía
General de la Nación o la Policía Nacional. En casos de contrabando,
la DIAN recibe este tipo de información.
1. Fiscalía General de la Nación
Las denuncias sobre cualquier delito se pueden realizar a través de la
página web
www.fiscalia.gov.co
de la Fiscalía General de la Nación
(FGN).
El nivel central de la FGN está ubicado en Bogotá, D. C., en la diagonal
22B No. 52-01 (Ciudad Salitre).
Teléfonos: 570 2000 - 414 9000.
Línea gratuita. Actividades delictivas: 018000916111.